Mediante un comunicado la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), Delegación Puebla, confirma la presencia de inspectores de esta dependencia en Tehuacán, quienes realizaron la clausura de manera total temporal del relleno sanitario, cuyo responsable es el Organismo Operador del Servicio de Limpia de Tehuacán (OOSELITE), señalando que dicho procedimiento se debido al manejo inadecuado de residuos peligrosos (RP).


En el escrito manifiesta que durante la aplicación de la medida de seguridad, personal de OOSELITE, agredió a los inspectores de la Procuraduría, por lo que éstos se retiraron del sitio en medio de ofensas, gritos e incluso perseguidos por el vehículo del director del Organismo, Margarito Andrade Pacheco, esto después de colocar los sellos de clausura, sin que los inspeccionados firmaran el acta de clausura correspondiente, con fecha 1 de octubre de 2014.


De esta forma contradice la declaración del director del organismo, Margarito Andrade Pacheco, quien señaló que se pretendía realizar una extorsión al solicitar 200 mil pesos, el inspector José de Jesús Vergara Juárez, para no preceder a la clausura.


La PROFEPA explica que la visita de inspección al relleno, derivo de denuncias ciudadanas que alertaban sobre la emisión de olores fétidos de las instalaciones, en dicha visita se detectó la presencia de residuos peligrosos sin que OOSELITE contara con el permiso que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para darles un destino final adecuado.


Lo anterior, considerando que dichos residuos peligrosos, al estar acopiados en suelo natural y a la intemperie, representan un riesgo inminente de desequilibrio ecológico por las afectaciones al agua, suelo y subsuelo, en el sitio se encontraron lámparas fluorescentes, estopas impregnadas con grasas y aceites, tarjetas electrónicas, así como lodos industriales, entre otros.


Mencionó que los residuos peligrosos están regulados por la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos e identificados en la NOM-052-SEMARNAT-2005, por lo que se determinó imponer como medida de seguridad la inmediata Clausura Total Temporal del sitio.


Destaca que al quebrantar los sellos de clausura colocados en el lugar derivaría en la aplicación de una sanción de treinta a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad, según lo establece el Código Penal Federal. De acuerdo al Código Penal Local, al que quebrante los sellos se le aplicará una sanción de un mes a dos años de prisión.


Asimismo, que de acuerdo al artículo 189 del Código Penal Federal, quienes cometan delitos contra funcionarios públicos en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas, se hará acreedor a una pena de 1 a 6 años de prisión, además de las que resulten por la conducta de impedir a funcionarios ejercer sus funciones.


La PROFEPA ordenó acciones de inmediata aplicación que la empresa responsable deberá realizar, como el retiro de todos los residuos peligrosos que se han depositado en el relleno sanitario, por lo que con la clausura y el retiro de los RP se evita que los contaminantes impregnados lleguen a cuerpos de agua, previniendo daños al medio ambiente y a la salud humana.