Curso para actualizar la tarjeta de transporte de mercancías peligrosas
10 Sep
Dicha autorización especial, que por sí sola no autoriza a conducir si no va acompañada del permiso de conducción ordinario en vigor requerido para el vehículo de que se trate, deberá llevarla consigo su titular, en unión del correspondiente permiso de conducción, y exhibirla ante la autoridad o sus agentes cuando lo soliciten.
La normativa ADR regula el transporte de mercancías peligrosas por carretera en el ámbito internacional así, según el tipo de mercancías que se transporten existen 4 tipos de autorizaciones:
-BÁSICO: Sustancias peligrosas en general (menos las que se detallan seguidamente)
-CISTERNAS: Materia transportada en vehículos cisternas
-EXPLOSIVOS: Material clasificado con explosivo en el ADR
-RADIACTIVOS: Material clasificado como Radiactivo en ADR
Este curso está dirigido a profesionales del sector del transporte de mercancías por carretera que sean titulares de la autorización ADR con más de cinco años de antigüedad.
La vigencia de esta autorización especial podrá ser prorrogada por nuevos períodos de cinco años, en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico, para prorrogar la vigencia de la autorización su titular deberá haber seguido con aprovechamiento, durante el año anterior a la expiración del período de vigencia de la autorización, un curso de actualización y perfeccionamiento y superar una prueba en la Jefatura Provincial de Tráfico.
-Contenidos:
1. ADR formación inicial (12 clases);
2. ADR especialización cisternas (6 clases)
-Fecha Prevista: 18 de Septiembre de 17:30 a 22:15 y 19 y 20 de Septiembre de 9:00 a 14:00
-Inscripción hasta: 16 de Septiembre 2016
-Duración: 36 horas
Una vez finalizado el curso se comunicará al órgano competente y se iniciará el proceso de expedición de la tarjeta ADR.
Consultar tarifa de precios y condiciones especiales para grupos y empresas. Ya que las empresas podrán bonificarse la formación que realicen sus trabajadores del Régimen General, por lo que esta formación puede resultar GRATUITA, ya que el importe de la factura será deducido del fondo que la propia empresa dispone en las cuotas de la Seguridad Social, tramitándose esta bonificación a partir del boletín de cotización. Además obtendrá beneficios fiscales ya que, los gastos de formación del personal dan derecho a una deducción del 5-10% en la cuota del impuesto de Sociedades e IRPF (Art. 40 RDL 4/2004)
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