La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha estimado el recurso presentado por la Federación de Ecologistas en Acción de Castilla y León contra dos resoluciones de la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León publicadas en el Bocyl el 4 de marzo de 2011, según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe.


La primera autorizaba a la empresa Indureco a instalar un equipo de destilación rotativa asociado a las líneas de estabilización y blending, en la planta ubicada en el término municipal de Venta de Baños (Palencia) y la segunda la autorizaba a llevar a cabo la ampliación de los residuos objeto de gestión en Venta de Baños.


Ahora el Tribunal Superior de Justicia anula las autorizaciones ambientales e impugna las resoluciones de la Junta por su disconformidad con el ordenamiento jurídico.


La resolución del alto Tribunal no es firme y puede interponerse recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Ecologistas en Acción interpuso el recurso porque consideraba que las dos órdenes que autorizaban a la empresa Indureco a realizar cambios estructurales en sus instalaciones vulneraban completamente el procedimiento establecido para la autorización de las modificaciones sustanciales (información pública, informe urbanístico, informes sectoriales, audiencia a los interesados, entre otros).


Además, según han explicado en un comunicado, la Junta "omitía la preceptiva evaluación de Impacto Ambiental y no se ajustaba a las previsiones del Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Industriales de Castilla y León 2006-2010".


Este plan, según recuerda la asociación conservacionista, no prevé la nueva instalación de eliminación de residuos peligrosos autorizada, como tampoco prevé las incluidas en la autorización ambiental original, también impugnada.


"Esta nueva sentencia reconoce que la Junta de Castilla y León pasó por encima del procedimiento establecido a la hora de conceder la Autorización Ambiental y no se ajustó al ordenamiento jurídico, así como y reconoce los aspectos demandados por Ecologistas en Acción, declarando nulas las dos Órdenes de febrero de 2011", han subrayado.


La Autorizaciones que han sido declaradas nulas, autorizaban la sustitución de las actuales líneas de estabilización y blending, por una nueva línea de destilación rotativa, y además se habilitaba un nuevo proceso de eliminación de residuos peligrosos.