Un nuevo decreto simplifica los trámites para producir y gestionar residuos
El Gobierno de La Rioja acaba de aprobar un nuevo decreto que regula la producción y gestión de residuos y que conlleva «una simplificación de los trámites administrativos» y «garantiza una valorización correcta» de los residuos con un control posterior.
Así lo afirmó ayer en la rueda de prensa que ofreció el director general de Calidad Ambiental, José María Infante, quien se refirió a la aprobación y publicación del decreto por el que se armonizan y simplifican los requisitos para llevar a cabo las actividades de producción, manipulación y gestión de diferentes residuos con distintas características en la comunidad autónoma.
Recordó Infante que en La Rioja se generaron el año pasado unas 10.000 toneladas de residuos peligrosos, ligeramente superior a la cifra del 2012, pero inferior a la del 2007, cuando la cifra alcanzó las 16.000 toneladas. También se generaron 184.000 toneladas de residuos de construcción y demolición, de las que 138.950 fueron a plantas de valorización y 45.500 a vertederos autorizados.
El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) publicó ayer esta normativa, que viene a dar respuesta a la directiva europea sobre este ámbito, por la que se obligaba a una revisión de la legislación autonómica existente en esta materia. Infante apuntó que este decreto permitirá una simplificación de procedimientos al sustituir determinados procesos de autorización de las actividades de producción de residuos, recogida y transporte, así como de producción de lodos de depuradora, por procedimientos de comunicación previa.
De este modo se requiere comunicación previa para las actividades de transporte de residuos, la producción de residuos, en especial las que superen más de 1.000 toneladas al año, explicó.
También se pretende que la aplicación de enmiendas orgánicas en la agricultura se haga de forma adecuada, controlada y sostenible, para lo que las plantas de tratamiento de aguas residuales con capacidad de generar más de 1.000 toneladas al año de lodos y los productores en cuyas instalaciones se generen más de 80 toneladas al mes de residuos agroalimentarios deberán comunicarlo también previamente.
El decreto regula también el traslado de residuos entre comunidades autónomas, que debe notificarse de forma previa; y limita el tiempo máximo de almacenamiento temporal de los residuos en instalaciones de recogida, almacenamiento y tratamiento previo para evitar una acumulación excesiva que lo convierta en un lugar de vertido.
Infante precisó que se fijan dos años para los residuos no peligrosos cuando se destinen a valorización, un año para los que se destinen a eliminación, y seis meses para residuos peligrosos.
OTRAS REGULACIONES
Residuos de construcción y demolición. Se establece la obligación de constituir una fianza u otra garantía financiera equivalente, vinculada al otorgamiento de la licencia municipal de obras, que será devuelta una vez que se haya acreditado que los residuos de construcción hayan sido entregados a un gestor autorizado.
Restauración, acondicionamiento o relleno de obras con residuos inertes. Los residuos deberán proceder de plantas de tratamiento y reciclado de desechos de construcción o deberá ser previamente comunicada al órgano ambiental autonómico.
Otras novedades. Se crea el registro de producción y gestión de residuos y se regulan disposiciones sobre vigilancia y sanciones.
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