NOVEDADES 2023 | IATA-DGR 64 edición 


Reglamentación de transporte de mercancías peligrosas vía aérea

Jornada de Seguridad Aérea BCL - Diciembre 2021


Elaborado por: 

Diana Sánchez Sierra  | DGM BCN Branch Manager 

Licenciada Químico UB. Instructora DGR (OACI/IATA)

Linkedin: /dianasansi 


QUIÉNES SOMOS

DGM (Dangerous Goods Management Network) somos un grupo de matriz holandesa fundado en 1987 con más de 60 unidades de negocio en los 5 continentes y presentes en España desde 1998. Por la especialización de nuestro servicio, somos un referente mundial en asesoramiento, formación y asistencia técnica de mercancías peligrosas.

DGM BCN inició su actividad en 2005, especializándose en los servicios de Consejero de Seguridad ADR, Formación IATA-DGR, Declaraciones del Expedidor (DGD), y readecuaciones de expediciones DGR/IMDG.

DGM BCN dispone de programas e instructores aprobados por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y es CBTA CENTER acreditado por la International Air Transport Association (IATA) para todas las funciones existentes.


BIBLIOGRAFÍA Y FUENTES CONSULTADAS

  • Esta presentación es un resumen no oficial de cambios de la “Reglamentación sobre mercancías peligrosas” de la International Air Transport Association (IATA-DGR) introducidas en la 64ª edición para el 2023, que no se puede considerar como texto legal ni contiene la totalidad de las modificaciones.
  • La información de base del análisis está fundamentada en documentos internos distribuidos por DGM SUPPORT a todas las oficinas de la red internacional para cualificación de instructores y se ha complementado mediante aportaciones del equipo técnico de DGM BARCELONA tomando como referencia las particularidades de servicio del Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona - El Prat.
  • Este documento se ha realizado consultando:
    Actas y documentos de trabajo DGP/28-WP/59 y DGP/WG/21-22 del Dangerous Goods Panel Working Group de la Organización de Aviación Civil Internacional (ICAO).
    - Reglamentación sobre mercancías peligrosas Edición 64 (v64.0.0.1) de la International Air Transport Association (IATA), en su edición traducida al español.
  • Nota: El 21-25 NOV22 se acaba de reunir este año en Montreal el Working Group (DGP-WG/22).


REGLAMENTACIONES OFICIALES IATA/DGR

  • Las reglamentaciones están disponibles en formato libro papel y versión digital.
  • Atención a los Addendum y Corrigendum durante el año en el formato papel.
  • Existe traducción al español en todos los formatos de la reglamentación.
  • Cuidado con los errores conceptuales generados en la traducción al español.


EL NUEVO "ENFOQUE CBTA" DE LA CAPACITACIÓN

¡IMPORTANTE! ¡Se acabaron los CATs! ¡No existe el Apéndice H! Mirar muy bien las tareas del personal porque todas las nuevas funciones no son idénticas a las categorías. La responsabilidad recae en el empleador… ¡cuidado!


LIMITACIONES | Mercancías peligrosas transportadas por pasajeros/tripulación

2.3.2.2 a 2.3.2.4 | Las baterías de las ayudas motrices accionadas por baterías (2.3.2.2 a 2.3.2.4) solo deben extraerse si su diseño no protege adecuadamente la batería frente a daños.

Siguen en vigor los requisitos de manipulación, carga, almacenaje, orientación o extracción de baterías en las ayudas motrices con baterías derramables (2.3.2.3).

Nota: Según un estudio de la OMS de 2011, el 15% de la población mundial sufre algún tipo de discapacidad.


LIMITACIONES | Mercancías peligrosas en cantidades exceptuadas

2.6.5.1 (f) | Para los bultos en cantidades exceptuadas se aclara que, además de mercancías peligrosas, se pueden contener también otras mercancías no sujetas a la Reglamentación DGR en un mismo embalaje exterior.

Importante: atención a los envíos destinados a influencers youtubers o tiktokers que se dedican al “unboxing” porque los embalajes deben seguir siendo seguros aunque necesiten ser “bonitos”. ¡exceptuada no significa exención total!


LIMITACIONES | Variaciones de los Estados

  • Brasil (BRG) | Obliga a cumplir el Reglamento Brasileño de Aviación Civil (RBAC no 175) y sus Instrucciones Suplementarias y considera el incumplimiento una violación de sus reglamentos nacionales.
  • Eritrea (ERG) | Obliga a cumplir Reglamentaciones de Aviación Civil de Eritrea, Parte 18; requieren aprobación para Operadores DGR; y exigen a agentes/despachadores 2 PAX min. formados DGR siempre disponibles. ¿Y un transitario de BCN? ¿Es “eritrean only” o también en export?
  • Fiyi (FJG) | Se han cambiado las siglas de DQG a FJG.
  • Suecia (SEG) | Requieren obligación previa de la Autoridad Sueca de Transporte (Transportstyrelsen) para las operaciones relacionas con helicópteros.


LIMITACIONES | Variaciones de los Operadores

  • ABX Air Inc (GB) | No aceptan ningún tipo de residuo peligroso. Ojo que solo cita IE 621 (UN 3291).
  • Aero Republica (P5) | Acepta COMAT DG y carga de terceros de gases no inflamables no tóxicos; líquidos inflamables; sustancias infecciosas Cat. B; artículos medicinales con componentes radiactivos; y de la Clase 9.
  • Air Atlanta Europe (CT) | No aceptan UN3090 y el UN3480 solo con su preaprobación.
  • Avianca Express (EX) | Esta nueva compañía incorpora 12 variaciones en la misma línea de las ya existentes para el resto de operadores AVIANCA GROUP.


CLASIFICACIÓN | Sustancias de reacción espontánea y peróxidos orgánicos

3.4.1.2.4 y 3.5.2.2 | Se han alineado los criterios del DGR con los del “Libro Naranja” de la ONU (porque no se habían vuelto a revisar alineadamente en profundidad desde 1999) para evitar las actuales incoherencias que complicaban las tareas de aceptación cuando se analizaban las modernas Fichas de Seguridad (SDS) que detallan la clasificación multimodal.

Nota: tendría que poner alguna imagen aquí porque queda muy soso todo esto en blanco. A ver si se me ocurre algo que no sea el típico pantallazo de la portada del libro naranja que pone todo el mundo siempre.


CLASIFICACIÓN | Sustancias corrosivas y Baterías de litio

  • 3.8.3.2.3 | Se aplica criterio de prudencia y se fija que toda sustancia o mezcla clasificada con posibilidad de ser considerada “muy peligrosa” sea directamente asignada como Grupo de Embalaje I, a menos que con resultados de pruebas se asegure que tiene un grupo de embalaje de menor riesgo. * En la Tabla 3.10.A ya funcionaba un poco así, porque el GE I “siempre gana” en los cruces
  • 3.9.3.6.1(g) | Los fabricantes y distribuidores ya no necesitan facilitar el resumen de las pruebas acorde al Manual de pruebas y criterios, de las Naciones Unidas, Parte III, subsección 38.3, párrafo 38.3.5, para las pilas de botón instaladas en equipos. ¿Cómo saber si las pilas de botón son conformes al Manual de pruebas y criterios si no es obligatorio presentar el resumen de las pruebas?


ONUS Y DISPOSICIONES ESPECIALES | ONUs | Límites CAO en acumuladores y pilas

      Desaparece “sin límite” max. 400 kg en CAO:

  • UN 2794 Acumuladores de electrolito líquido ácido.
  • UN 2795 Acumuladores de electrolito líquido alcalino.
  • UN 3292 Pilas que contienen sodio.

Estos artículos requieren un embalaje de especificación ONU y por ese motivo se le asimila una cantidad límite de 400 kg para su transporte en “Avión de carga solamente”, ya que es el máximo permitido para su homologación.

Esa es la misma cantidad que, hasta ahora, solo tenían los UN3077 y UN3335, por lo que pasan de 2 a 5 las entradas con un límite de hasta 400 kg en CAO.


ONUS Y DISPOSICIONES ESPECIALES | ONUs | UN3550

Dihidróxido de cobalto en polvo (UN3550)
Es una sustancia muy tóxica (6.1, GE I) que NO se puede transportar en LQ. * Se puede enviar como EQ, PAX y CAO.

CAS                            21041-93-0
Fórmula                    Co(OH)2
Peso (g/mol)            92.947
PubChem CID          10129900
Nombre IUPAC        cobalto(2+);dihidróxido

* También está el azul, pero es más inestable. Habrá que mirar si lo acaban tratando igual, porque por ahora no tiene disposiciones especiales.


ONUS Y DISPOSICIONES ESPECIALES | ONUs | UN1891 Bromuro de etilo

Bromuro de etilo (UN1891) | Se reclasifica de tóxico a inflamable tóxico

  • Analizando su punto de inflamación en la literatura técnica, calculando el valor teórico, examinando compuestos de estructura similar y el resultado experimental; desde el DGP se consideró que debía clasificarse como inflamable; y como su punto de ebullición es 37-40° según la literatura, le corresponde un GE II.
  • En tanto que por preponderancia de peligros “3, II” tiene prioridad sobre “6.1, II” se acuerda que el Bromuro de etilo es una sustancia de Clase 3 (6.1).

* El bromuro de etilo se usa como antidetonante en motores de gasolina para prevenir su degradación, pero genera contaminación atmosférica.

ONUS Y DISPOSICIONES ESPECIALES | ONUs | Extractos líquidos

Extractos, aromáticos, líquidos (UN1169)

  • Se elimina esta entrada.
  • La intención es alinearse con el “Libro Naranja”.
  • Las sustancias pasan a englobarse como UN1197.

* ¡Ojo! es una Enmienda “española” presentada en el 2020 ante el subcomité de expertos MMPP de la ONU. ¡Bien por nosotros!

* Los expedidores pueden seguir utilizando ONU 1169 y ONU 1197 SEGÚN la 63ª ed Hasta el 31 de marzo de 2023.

Extractos líquidos, para saborizar o aromatizar (UN1197)

No se ha encontrado distinción en las condiciones de transporte de ninguna de las regulaciones modales y de esta manera se agrupa una misma realidad de sustancias que incluso en algunos países (como España) el uso era hasta indistinto.


ONUS Y DISPOSICIONES ESPECIALES | ONUs | Grupos de Embalaje “Prohibidos”

UN1051, UN1052, UN1092, UN1098, UN1131…

  • Se añade GE a todas las entradas que, pudiendo tenerlo por clasificación, hasta ahora no lo presentaban en la Lista porque estaban prohibidas al transporte.
  • Se ha considerado necesario agregarlo porque el GE es parte de la clasificación completa de una sustancia.
  • Este cambio permite apreciar mejor la particularidad de ciertos artículos de reciente aparición (60ª Ed.) que se clasifican distintamente de Clase 9.

* ¿Valorar en subcomisión MMPP introducción de algunas entradas de artículo directamente en sección 3 (p.e. UN3540 en 3.3.1.1) para darles un poco más de contexto explicativo dentro de la reglamentación?


ONUS Y DISPOSICIONES ESPECIALES | Disposiciones especiales | Disposición Especial A154

DE A154 | Prohibición de transporte de pilas y baterías de metal litio que estén defectuosas o puedan generar peligro de calor

  • Se entienden como “defectuosas” las que vienen así de fábrica y que “puedan generar peligro de calor” las que han sufrido un daño posteriormente.
  • Afecta a aparato/vehículo accionado por batería (UN3171); maquinaria/motor de combustión interna o pila de combustible propulsado por líquido inflamable (UN3528) o gas inflamable (UN3529), de combustión interna (UN3530); aparatos de salvamento autoinflables (UN2990) y no autoinflables (UN3072); y vehículos sin/con pila de combustible propulsado por gas/líquido inflamable (UN3166).


ONUS Y DISPOSICIONES ESPECIALES | UN 2922/2923 + DE A4 (l) y A5 (s)

Líquido corrosivo, tóxico, n.e.p. (UN 2922) | Se añade la DE A4

  • Tóxicos por inhalación de vapor GE I: Todos prohibidos.
  • Tóxicos por inhalación de niebla: Solo CAO con IE GE I. Máx. 5L (salvo cant < “Col. L”).

Sólido corrosivo, tóxico, n.e.p. (UN 2923) | Se añade la DE A5

  • Tóxicos por inhalación: Prohibidos PAX. Solo CAO bajo IE GE I. Máx. 15kg.

Atención: si un agente de aceptación quiere comprobarlo en el checking, ¿cómo puede saber si es (o no) de GE I el componente tóxico en una mezcla corrosiva así?


ONUS Y DISPOSICIONES ESPECIALES | Disposiciones especiales | DE A4

DE A4 | Líquidos Tóxicos por inhalación

  • Al párrafo sobre la cantidad neta máxima de 5 L se le añade un “excepto cuando el límite especificado en la Columna L de la Tabla 4.2 sea inferior a 5 L, en cuyo caso se aplica el límite especificado en la Columna L”.
  • Así se evitan incongruencias a las que se producirían, por ejemplo, con la UN3123, porque el cumplimiento de esa disposición especial supondría el incumplimiento de la restricción de 1 L que tiene esta entrada en la Columna L de la Tabla.

* No son demasiados casos, pero siempre hay que respetar los criterios de máximos fijados en las instrucciones de embalaje, que por algo están.


ONUS Y DISPOSICIONES ESPECIALES | Disposiciones especiales | A1, A2 y A176 en DGD

DE A1 y A2 | Aprobaciones

  • Se explicita un nuevo texto en la DE que dice “El transporte según esta disposición especial debe anotarse en la Declaración del Expedidor” .
  • No es una novedad, porque ya se requería (y sigue) en 8.1.6.9.4 Paso 9 a).

DE A176 | UN3528, UN3529 Y 3166

  • Afecta a los dispositivos con hidruro metálico instalados en maquinaria y vehículos.
  • Se explicita también un nuevo texto en la DE que dice “El transporte según esta disposición especial debe anotarse en la Declaración del Expedidor”.
  • En este caso sí es novedad, porque no se requería (y ahora sí) en 8.1.6.9.4 Paso 9 a). * Como nadie lee algunas partes del libro, pues a lo fácil.


ONUS Y DISPOSICIONES ESPECIALES | Disposiciones especiales | A221 y A223

DE 221| UN1002 para mezclas de nitrógeno y oxígeno

  • Se admite esa ONU en mezclas con ≤19,5% y ≥23,5% de oxígeno por volumen.
  • En esas condiciones, aunque sea mezcla de oxígeno, no se requiere etiqueta 5.1. * Lógico, no hay ningún un 1002 que sea división 2.2(5.1).

DE 223 | Exención de los Aparatos de salvamento (UN2990 y UN3072) como carga

  • Requieren estar en embalajes exteriores rígidos y resistentes de ≤40 kg y acompañarse solo de gases comprimidos o licuados de la División 2.2 (sin peligro secundario) en recipientes ≤120 ml instalados para la activación del aparato.
  • No es una novedad realmente, porque ya se decía en IE 955. * Esta vez lo han hecho mejor porque lo han quitado de la nueva IE 955 y no se repite la info.


ONUS Y DISPOSICIONES ESPECIALES | Disposiciones especiales | A224 y A225 (Grandes artículos)

DE 224| UN3548 Artículos que contienen mercancías diversas, nep * Puntales del tren de aterrizaje de avión lleno de fluido hidráulico.

  • Permite enviarlos en PAX si contienen sustancias peligrosas para el medio ambiente.
  • Se rigen por la IE 975, que se actualiza a estos efectos.
  • La Disposición Especial  A2 (Aprobación) no les aplica.

DE 225 | UN3538, Artículos que contienen gases no inflamables, no tóxicos, nep Escáneres de imágenes por resonancia magnética que contienen helio comprimido.

  • Permite enviarlos en PAX si contienen gases Div. 2.2 sin peligros subsidiarios.
  • Se rigen por la IE 222, que se actualiza a estos efectos.
  • La Disposición Especial  A2 (Aprobación) no les aplica.


EMBALAJES Y EMBALADO | Instrucciones de embalaje | Aerosoles

Tabla 5.0.B | Se elimina de la lista de embalajes interiores las referencias a los códigos de aerosoles de metal y de plástico (IP7, IP7A, IP7B y IP7C).

IE 203, IE Y203 y IE Y963 | Aerosoles, cartuchos de gas e ID8000.

  • Se eliminan referencias a IP7, IP7A, IP7B y IP7C para alinearse con el “Libro Naranja”.
  • Los recipientes metálicos no debe exceder los 1000 ml.
  • Los recipientes de plástico no deben exceder los 500 ml.

* ¡Bien! Se acabaron las preguntas sobre si esos códigos hay que ponerlos o no en las dgd y tener que pedir a los clientes en operaciones informaciones que tanto les cuesta encontrar.


EMBALAJES Y EMBALADO | Instrucciones de embalaje | Motores y maquinaria

IE 220, IE 378 y IE 972

  • Se obliga a embalar en embalajes exteriores resistentes (o fijar en receptáculos, palés u otros dispositivos de manipulación) a los motores y maquinarias que por su diseño no protejan adecuadamente a las mercancías peligrosas contenidas.
  • Se prohíbe el transporte de motores o maquinaria si las baterías de litio del motor o de la maquinaria están dañadas o defectuosas. * Habrá que ver como lo declaran en la factura, ¿no? Porque en AWB no saldrá.
  • Los motores o maquinaria con prototipos de celdas o baterías de litio de preproducción o lotes de baja producción de celdas o baterías de litio pueden expedirse como CAO con la aprobación de los Estados de origen y del Expedidor.


EMBALAJES Y EMBALADO | Instrucciones de embalaje | Baterías

IE 870 | Desaparece la referencia a baterías instaladas

  • Se elimina la referencia cruzada a baterías instaladas en el equipo (UN3171), porque es propia de un Aparato accionado por batería (y ya no es UN2794 o UN2795) y queda reflejada solo en IE 952, que es la que le corresponde realmente.

IE 950, 951 y 952 | Vehículos con Litio

  • Prohibidos los vehículos con baterías de litio dañadas o defectuosas. * ¿Cómo se mide el daño? ¿vehículos de competición?
  • Los vehículos con prototipos de celdas o baterías de litio de preproducción o lotes de baja producción de celdas o baterías de litio pueden expedirse como CAO con la aprobación de los Estados de origen y del Expedidor.


EMBALAJES Y EMBALADO | Instrucciones de embalaje | Litio Sección IB

IE 965 y 968 | Prueba de apilamiento

  • Cada embalaje de baterías “sueltas” preparado acorde a la Sección IB debe ser capaz de resistir una prueba de apilamiento de 3 m durante 24h, idéntica a la que se realiza a los bultos de Cantidades Limitadas (LQ).

* Nace del incendio en rampa en Hong Kong de una expedición de móviles justo antes de ser cargado en un avión. la investigación de la causa no fue concluyente pero generó dudas sobre la capacidad de los paquetes para proteger adecuadamente el contenido al tener que resistir la fuerza aplicada por apilamiento en el ULD.


EMBALAJES Y EMBALADO | Instrucciones de embalaje | Litio Sección II

IE 966, 967, 969 y 970 | Sobreembalajes

  • Se han especificado que cuando los bultos se sobreembalan estos deben estar asegurados y el sobreembalaje no puede dañar al bulto. * Bueno, esto tampoco es nuevo porque es lo que ya se dice como requisito general para cualquier sobrembalaje en la sección 5.0.1.5.
  • El conflicto se está presentando principalmente en los envíos relacionados con comercio electrónico y el uso como sobreembalajes de sobres de nailon u otras bolsas similares serigrafiados con "overpack" y la marca de batería de litio. * ¿El problema no será que la definición de sobreembalaje del glosario es demasiado ambigua y da pie a agarrarse a un clavo ardiendo solo por cumplir el párrafo?


EMBALAJES Y EMBALADO | Especificaciones de embalaje | Requisitos, tests y pruebas

6.1.7 – 6.1.9 | Aerosoles

  • Se han eliminado los requisitos para los aerosoles (IP7, IP7A, IP7B y IP7C)

6.4.1 y 6.4.2| Cilindros

  • Se han revisado las disposiciones para el diseño, la construcción, las pruebas y la inspección inicial y periódica de los cilindros, incluidos los cilindros de ONU. 

6.4.4|Aerosoles, cartuchos de gas, cartuchos de gas licuado

  • Se han revisado las disposiciones relativas a los requisitos de ensayos para aerosoles y cartuchos de gas.

* Todo esto solo lo cito porque es super técnico y a la gente “normal” le aburre siempre un montón (solo interesante para frikis como nosotros).


MARCADO Y ETIQUETADO | Marcado | Litio

7.1.5.5| Marcas de Litio

  • Desaparece el teléfono de la marca de la batería de litio.
  • Existe una transitoria hasta el 31/12/26 para seguir usando las de 63ª Ed.



MARCADO Y ETIQUETADO | Manipulación | Carga

9.3.7 | Reemplazo de etiquetas

  • A las etiquetas que un Operador podía reemplazar porque se habían dañado,  desprendido o habían quedado ilegibles después de la aceptación se les han añadido las marcas siguientes:
    Marca de Cantidad Exceptuada (EQ).
    - Marca de Cantidad Limitada (LQ).

* Ojo que sigue diciendo “después”. No está previsto que alguien que no sea el expedidor pueda poner o quitar etiquetas o marcas de un bulto “antes”.


DOCUMENTACIÓN | Guía Aérea | Declaración de mercancías peligrosas

8.2.1 | Aplazamiento del “Attached”

  • El período de transición para la antigua declaración de mercancías peligrosas en la Guía Aérea se ha ampliado dos años más, hasta el 31/12/24.
  • Por tanto el “Dangerous goods as per attached Shipper's Declaration” o el “Dangerous goods as per attached DGD” se pueden seguir usando hasta esa fecha.


* Ahora es “associated” por el E-AWB y la E-DGD (aunque no abundan).