Publicado en: «DOUE» núm. 325, de 8 de noviembre de 2014, páginas 17 a 18 (2 págs.)
Departamento: Unión Europea
Referencia: DOUE-L-2014-83345

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TEXTO

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 28 de enero de 2014, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) adoptó la Resolución 2134 (2014) por la que se autoriza a la Unión Europea a desplegar una operación en la República Centroafricana (RCA).

(2)

El 10 de febrero de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/73/PESC (1) en la que se dispone que una operación militar de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUFOR-RCA) debe terminar a más tardar seis meses después de que se haya alcanzado la plena capacidad operativa.

(3)

El 10 de septiembre de 2014, el Presidente provisional de la RCA remitió una carta a la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (AR) en la que solicitaba la prórroga de la EUFOR-RCA.

(4)

Es necesario garantizar una transición fluida de la EUFOR-RCA a la Misión Multidimensional Integrada de las Naciones Unidas para la Estabilización en la República Centroafricana (MINUSCA), establecida por la Resolución 2149 (2014) del CSNU, hasta que la MINUSCA pueda asumir responsabilidad plena respecto de la seguridad en la zona de Bangui.

(5)

El 21 de octubre de 2014 el CSNU adoptó la Resolución 2181 (2014) por la que se autoriza la prórroga de la EUFOR-RCA hasta el 15 de marzo de 2015.

(6)

Procede, por lo tanto, modificar la Decisión 2014/73/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2014/73/PESC se modifica como sigue:

1)En el artículo 1, apartado 1, los términos «entre cuatro y seis meses» se sustituyen por los términos «nueve meses».

2)En el artículo 10, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:

«2. El importe de referencia financiera para los costes comunes de la EUFOR-RCA para el periodo que concluye el 15 de diciembre de 2014 ascenderá a 25,9 millones EUR. El importe de referencia financiera para los costes comunes de la EUFOR-RCA para el periodo comprendido entre el 16 de diciembre de 2014 y el 15 de marzo de 2015 ascenderá a 5,7 millones EUR.

El porcentaje del importe de referencia indicado en el artículo 25, apartado 1, de la Decisión 2011/871/PESC para el periodo que concluye el 15 de diciembre de 2014 queda fijado en el 50 %. El porcentaje del importe de referencia indicado en el artículo 25, apartado 1, de la Decisión 2011/871/PESC para el periodo comprendido entre el 16 de diciembre de 2014 y el 15 de marzo de 2015 queda fijado en el 0 %.» .

3)En el artículo 12, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:

«2. La EUFOR-RCA terminará el 15 de marzo de 2015.» .

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 7 de noviembre de 2014.

Por el Consejo

El Presidente P. C. PADOAN

__________________________

(1) Decisión 2014/73/PESC del Consejo, de 10 de febrero de 2014, sobre una operación militar de la Unión Europea en la República Centroafricana («EUFOR-RCA») (DO L 40 de 11.2.2014, p. 59).

Análisis

Rango: Decisión
Fecha de disposición: 07/11/2014
Fecha de publicación: 08/11/2014
Entrada en vigor el 7 de noviembre de 2014.

Referencias anteriores
MODIFICA los arts. 1, 10 y 12 de la Decisión 2014/73, de 10 de febrero (Ref. DOUE-L-2014-80255).

Materias
Cooperación internacional
Política Exterior y de Seguridad Común
República Centroafricana
Unión Europea