El juez “aconsejó el mantenimiento de la clausura efectuada por el OPDS” y destacó la solvencia de los actos administrativos realizados por el Organismo Provincial, el cual también detectó en las instalaciones más de 130 toneladas de cenizas acumuladas de los residuos incinerados, las cuales debieron depositarse en un relleno de seguridad y no fue realizado; con el agravante, de que en los últimos meses (por el volumen acopiado se trata de una modalidad de larga data), se generó documentación apócrifa donde figuraba el supuesto traslado de las mismas.

También se detectó que la cooperativa de reciclaje ProEconor, vinculada a Pelco, y que debería dedicarse exclusivamente a la recuperación de materiales y no al tratamiento de residuos peligrosos, tenía en sus instalaciones residuos altamente tóxicos provenientes de Pelco.

Ante la clausura, la empresa Pelco, intento obtener una medida cautelar que le permita seguir funcionado, la cual fue desestimada por el juez Luis Arias aduciendo que dicha solicitud no podía ser otorgada ante “la gravedad de las imputaciones consignadas en el acta de clausura”. Además Arias consideró que “las actuaciones dan cuenta de la existencia en la planta de tratamiento de Pelco, de residuos peligrosos almacenados sin su debido tratamiento ni identificación, y presentando en algunos casos derrames debido a su incorrecta disposición, circunstancia que evidencia un potencial peligro de contaminación”.