En la resolución de la Apmun, se propone una sanción de 45.000 por la falta grave y otra de 3.155 por la leve. La segunda consiste en ejercer una actividad productora de residuos peligrosos, como aceites usados, baterías, disolventes y barnices, sin estar inscrita en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos

En cuanto a la falta grave, la Apmun sostiene que el taller incumple “las determinaciones legales en la gestión y manejo de los residuos peligrosos, en lo relativo al almacenamiento sin etiquetado" y que tampoco ha acreditado la "entrega a gestor autorizado" de los residuos peligrosos que genera.

Además de las sanciones económicas, la Agencia advierte de que podría ordenar también el cese temporal, “total o parcial”, de las actividades desarrolladas en el taller, e incluso la clausura del establecimiento.

Posibles alegaciones y reposición al estado anterior

Ahora, el afectado dispone de 15 días “para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse”. De no presentarse alegaciones en dicho plazo, se darán por buenas las sanciones propuestas en la incoación del expediente.

Paralelamente, la Apmun también requiere al dueño del taller para que “proceda a la reposición de las cosas al estado anterior a la comisión de la infracción, en el plazo de un mes, a partir de la notificación de la presente resolución, mediante la acreditación de haber procedido a comunicar a la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, que realiza una actividad productora de residuos peligrosos, al objeto de su inscripción en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos generados en las Islas Canarias, el etiquetado de acuerdo con lo establecido en la normativa de aplicación y la entrega a gestor autorizado, de los residuos peligrosos generados en la actividad productora, debiendo acreditar tal circunstancia ante esta Agencia".