El organismo subrayó que desde el jueves 16 de octubre mantiene vigilancia permanente y atención al daño ocasionado por ese derrame, derivado del descoronamiento de la presa de jales.

En un comunicado indicó que se calcula que 85 por ciento del material derribado corresponde a tierra y solamente 15 por ciento al jale o desecho de minerales.

Destacó que personal de la procuraduría se trasladó desde el primer día al lugar del incidente para realizar la primera inspección, verificar los daños ambientales y dictar las medidas de urgente aplicación para evitar una afectación mayor.

También la delegación de la Profepa en Sinaloa está vigilante de que las medidas dictadas continúen aplicándose, para restablecer las condiciones de los recursos naturales que hubieran resultado afectados y dentro de las que se encuentran hasta este jueves.

Precisó que se ha llevado a cabo la construcción de 18 bordes transversales a lo largo del arroyo Pánuco, donde se encuentran los jales derramados, a fin de retener y filtrar para darle clasificación al agua por sedimentación.

Agregó que la empresa minera realiza trabajos de desazolve de la presa de jales que falló, transponiendo el jale contenido en una presa a otra.

Además se realiza la rehabilitación de caminos viejos, con el fin de lograr recuperar la mayor cantidad de azolvamiento de los jales derramados en el río, así como de proporcionar a la población aledaña de vías alternas de comunicación.

Personal de la procuraduría ha atestiguado el muestreo de los jales y será la próxima semana cuando tendrá los resultados de las pruebas de Cretib que se encargaron al laboratorio ABC Química, Investigación y Análisis S.A de C.V, Entidad Mexicana de Acreditación (EMA).

La NOM-052-SEMARNAT-1993 define Cretib como "el código de clasificación de características que contienen los residuos peligrosos y que significan: corrosivo, reactivo, explosivo, tóxico, inflamable y biológicos infeccioso".

Sólo a partir de entonces se podrá determinar si las sustancias vertidas en los jales rebasan los límites máximos permisibles de las normas NOM-141-SEMARNAT-2003 y NOM-052-SEMARNAT-2005, emitidas por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Por lo pronto la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente se encuentra atenta a los siguientes resultados de las pruebas de laboratorio que emitirá en breve la Comisión Nacional del Agua (Conagua).