En noviembre de 2014, Mercedes Montiveros y Mayra Illanes, madre e hija, murieron por graves quemaduras producto de un residuo sin tratamiento que la mostera ENAV había depositado en una escombrera, en Chimbas.
 
Esta semana se publicó el Decreto N° 0604 que ratifica la resolución de  la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable por la cual se suspendió la Declaración de Impacto Ambiental a la firma ENAV. También la sancionó con una multa equivalente a 700 sueldos básicos de la menor categoría de la Administración Pública Provincial, una cifra millonaria que se convirtió en la sanción más importante en la historia de este organismo. 
 
Desde la Secretaría dijeron que no hablarían del tema con la prensa, por lo tanto no está claro el monto de la sanción ya que la resolución no especifica la categoría. Es que la categoría 1 de la Administración Pública Provincial es simbólica y nadie ingresa a trabajar en ella, sino que se comienza en la categoría 12. Los básicos son diferentes y esa diferencia hace que los 700 sueldos puedan ser $1,8 millones o $1,3 millones. 
 
La mostera había resistido la sanción y ésta fue ratificada en mayo por la Provincia a través de un decreto. De todas formas, la empresa puede ahora recurrir a la justicia. 
 
"La causa que motivó el dictado del Acto Administrativo, el cual hoy se pretende resistir, lo fue con motivo del vuelco o vertido en la Escombrera N° 2, de residuos del tipo peligrosos - receptados por la Ley N° 522-L de adhesión a la Ley N° 24.051 y Decreto Reglamentario N° 1211-07-, sin contar con el tratamiento previo para convertirlo en desechos industriales asimilables a escombros y, como requisito para ser vertido en la Escombrera N° 2, ello toda vez que dicha escombrera NO responde a un sitio de tratamiento, sino simplemente de relleno con escombros o desechos asimilables a escombros. Que los residuos peligrosos que fueron volcados tienen como generador a la firma ENAV S.A. y transportados por medio de Transporte Germán - atento las órdenes de transportes adjuntas en estos actuados; hecho éste del cual derivaron con posterioridad la muerte de dos personas, producto de sufrir quemaduras de alto grado; todo lo cual es de público y notorio conocimiento”, señaló el documento.
 
Luego destacó que la normativa contempla la responsabilidad del generador de residuos peligrosos desde su generación hasta su disposición final, es decir su tratamiento definitivo para hacer desaparecer el residuo como tal y convertirlo en desecho cuyo destino será el dispuesto por la ley según corresponda, con el fin de no generar daños en el ambiente o a la salud.
 
Argumentó el Gobierno "que ninguna finalidad o interés económico justifica lo que en definitiva y con posterioridad a la emisión y notificación del acto administrativo que hoy se pretende cuestionar; se produce como culminación de la actividad indebida ejercida por el hoy recurrente, la muerte de dos personas, ello derivado de la negligencia e impericia en el manejo de residuos peligrosos generados por la recurrente”.
 
La muerte de las dos mujeres causó conmoción en la comunidad y la familia inició acciones legales, una demanda penal contra la empresa ENAV, y demanda civil contra la firma y también contra el Gobierno, ya que éste regula el funcionamiento de la escombrera a través de Ambiente.
 
En febrero pasado, se hizo el cierre perimetral de la escombrera, sumaron arbolado, cartelería y un puesto policial móvil instalado en la puerta para reforzar la tarea del custodio que está en la garita.
 
En abril, la Justicia informó que investigará la doble tragedia como delito ambiental, cuya pena es menor a la de un simple homicidio culposo, según el juez Daniel Agudo, del Primer Juzgado Correccional. El letrado dijo entonces que los técnicos de la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ) determinaron que fueron residuos tóxicos los que provocaron las dos muertes. Ese peritaje fue clave para tener el marco legal a seguir en la investigación, la cual se hará en el marco de lo que indica el artículo 56 de la ley 24.051 de Residuos Peligrosos (ver recuadro).
 
PENALMENTE: TOMAN TESTIMONIALES
 
Tras los peritajes de los profesionales de la Universidad Nacional de San Juan, quienes determinaron científicamente que los residuos hallados en la escombrera sí eran tóxicos y peligrosos, el juez Daniel Eduardo Agudo decidió entrar en la etapa de tomar declaraciones testimoniales.
 
Tras ese peritaje, el gerente de la empresa presentó voluntariamente un escrito al juez con su versión de cómo se volcó en la escombrera los residuos de la empresa que dirige. Ahora el juez puede quedarse con esa versión o citarlo nuevamente.