Así lo ha afirmado hoy, en una rueda informativa, el director general de Calidad Ambiental, José María Infante, quien se ha referido a la aprobación del Decreto, por el que se armonizan y simplifican los requisitos para llevar a cabo las actividades de producción, manipulación y gestión de diferentes residuos con distintas características en la comunidad autónoma.

Ha recordado que en La Rioja se generaron el año pasado unas 10.000 toneladas de residuos peligrosos, ligeramente superior a la cifra de 2012, pero inferior a la de 2007, con 16.000 toneladas.

También se generaron 184.000 toneladas de residuos de construcción y demolición, de las que 138.950 fueron a plantas de valorización y 45.500 a vertederos autorizados.

El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) publica hoy este Decreto, que da respuesta a la Directiva europea sobre este ámbito, por la que se obligaba a una revisión de la normativa autonómica existente en esta materia y a la adecuación a las nuevas figuras que se crean para intervenir en la gestión de residuos.

Infante ha señalado que este Decreto permitirá una simplificación de procedimientos al sustituir determinados procesos de autorización de las actividades de producción de residuos, recogida y transporte; así como de producción de lodos de depuradora, por procedimientos de comunicación previa.

Se requiere comunicación previa para las actividades de transporte de residuos, la producción de residuos, en especial las que superen más de 1.000 toneladas al año, ha explicado.

También se pretende que la aplicación de enmiendas orgánicas en la agricultura se haga de forma adecuada, controlada y sostenible, para lo que las plantas de tratamiento de aguas residuales con capacidad de genera de más de 1.000 toneladas al año de lodos y los productores en cuyas instalaciones se generen más de 80 toneladas al mes de residuos agroalimentarios deberán comunicarlo previamente.

El Decreto regula el traslado de residuos entre comunidades autónomas, que debe notificarse previamente; y limita el tiempo máximo de almacenamiento temporal de los residuos en instalaciones de recogida, almacenamiento y tratamiento previo para evitar una acumulación excesiva que lo convierta en un lugar de vertido.

Infante ha precisado que se fijan dos años para los residuos no peligrosos cuando se destinen a valorización, un año para los que se destinen a eliminación, y seis meses para residuos peligrosos.

El texto normativo aborda la situación ambiental que plantean los residuos de construcción y demolición, con el fin de fomentar su prevención, reutilización, reciclado, valorización y su adecuado tratamiento.

Para ello, se establece la obligación de constituir una fianza u otra garantía financiera equivalente, vinculada al otorgamiento de la licencia municipal de obras, que será devuelta una vez que se haya acreditado que los residuos de construcción hayan sido entregados a un gestor autorizado.