La corte europea con sede en Luxemburgo informó también de que igualmente le impone a Italia, "hasta la completa ejecución de la sentencia de 2007, una multa coercitiva de 42,8 millones de euros por semestre de retraso en la aplicación" de esas medidas.

El TJUE recordó que tras la sentencia de 2007, Italia "ha incumplido de forma generalizada y persistente las obligaciones en materia de gestión de residuos definidas por las directivas relativas a los residuos".

La CE estimó en 2013 que Italia aún no había adoptado todas las medidas necesarias para ejecutar la sentencia de 2007 y, en particular, señaló que 218 vertederos ubicados en 18 de las 20 regiones italianas no se ajustaban a la directiva sobre residuos.

El Tribunal indica que de ello se dedujo que "debía de haber emplazamientos funcionando sin autorización", y que otros 16 de esos vertederos tenían residuos peligrosos en infracción de otra directiva sobre residuos peligrosos.

Para la CE "Italia no había demostrado que cinco de los vertederos hubieran sido objeto de un plan de acondicionamiento o de una medida de cierre definitivo" en conformidad a la directiva sobre vertido de residuos.

El Ejecutivo comunitario comunicó también que en Italia había 198 vertederos no conformes con la directiva de residuos, otros 14 con la de residuos peligrosos y otros dos más a la de vertidos.

El Tribunal de Justicia de la UE recordó hoy a Italia que "el mero hecho de cerrar un vertedero o de cubrir los residuos con tierra y escombros no basta para considerar cumplidas las obligaciones derivadas de la directiva residuos", y que esas medidas de cierre y de seguridad "no son suficientes".

Igualmente considera insuficiente el precinto del vertedero e incoar un procedimiento penal contra su operador, además de que estima que el país no ha facilitado ningún dato que permita determinar la fecha en la que se realizaron esas operaciones de saneamiento.

"En consecuencia, el Tribunal de Justicia estima que se han infringido de manera persistente las obligaciones de valorizar los residuos o de eliminarlos sin peligro para el ser humano o el medio ambiente", dice la sentencia.

Agrega que Italia no ha garantizado que se aplique y se respete efectivamente el régimen de autorización establecido ni el cese efectivo de las operaciones realizadas sin autorización, además de que tampoco ha procedido al registro e identificación de cada uno de los residuos peligrosos vertidos en esos lugares.

El Tribunal agregó que "Italia sigue incumpliendo la obligación de garantizar que se adopte un plan de acondicionamiento o una medida definitiva de cierre en relación con determinados vertederos".

Por ello, la corte europea condena a ese país "a pagar una suma a tanto alzado de 40 millones de euros".

Agrega que como el incumplimiento persiste desde hace más de siete años, las medidas se han adoptado con lentitud y aún hay vertederos ilegales en casi todas las regiones italianas, impone "una multa coercitiva decreciente, cuyo importe se reducirá progresivamente en proporción" al número de vertederos que regularice en cumplimiento de la sentencia.

Asimismo señala que semestralmente se controlarán los avances de Italia en el cumplimiento de sus obligaciones y que el país tendrá que dar a la CE "la prueba de que se han adoptado las medidas necesarias" para ejecutar la sentencia de 2007.

Esa multa coercitiva se calculará para el primer semestre, dice el TJUE, a partir de un importe inicial de 42,8 millones de euros y de esa cifra se deducirán 400.000 euros por cada uno de los vertederos con residuos peligrosos regularizados y 200.000 euros por cada uno de los demás.