Un comerciante arrojó restos de Toners en un predio público
Durante la mañana del día jueves 15 de enero, personal de la Dirección de Ambiente constató la presencia de toners mal dispuestos en el terreno ubicado en calle Sáenz Peña y Boulevard Montana. Los mismoS fueron abandonados por un comerciante que irresponsablemente dispuso residuos peligrosos en un predio público pudiendo haber generado una contaminación severa o un peligro ambiental para los vecinos del lugar.
“Se recuerda que los envases con restos de toners son considerados Residuos Peligrosos por su composición, por tanto deben ser tratados según sus características como tal y además, cada generador es responsable de la gestión de los mismos “de la cuna a la tumba”, según lo indica la Ley Nacional de Residuos Peligrosos”, remarca la directora de Ambiente, Noelia Indart. Los envases con restos de toners corresponden, según la Ley Nacional 24.051 a la categoría Y12 que los clasifica como: “Desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de tintas colorantes, pigmentos, pinturas, lacas o barnices”.
“El comerciante de nuestra ciudad posee un local en la zona céntrica y él mismo debió haber gestionado sus residuos con alguna de las empresas operadoras de este tipo de residuos tras abonar el pago por su retiro para tratamiento y disposición adecuada” explica Indart, y añade: “Por el contrario y tomando un accionar que perjudica a vecinos de la zona y a toda la ciudad, los trasladó en una camioneta que los vecinos reconocieron y los dispuso irresponsablemente en inmediaciones de Sáenz Peña y Boulevard Montana”.
“Desde la Dirección de Ambiente se repudia todo accionar que se contraponga con la legislación vigente que intenta ordenar la gestión de los residuos con el objetivo de minimizar el impacto sobre la salud de la población y la contaminación consecuente” subraya la funcionaria. Se remarca que se realizaron todas las acciones legales para infraccionar al generador que mal dispuso sus residuos en el sitio antes mencionado, provocando un riesgo para toda la comunidad, y personal de la Dirección de Ambiente procedió a recolectar los residuos, por la potencial peligrosidad que generaban en el sitio a fin de ser entregados a la Empresa Horizontes Gases para su correcto tratamiento y disposición final.
* Dato
Los “Residuos Peligrosos”, se rigen por la Ley Nacional Nº 24.051, donde se establece en su art. Nº 2 como: “todo residuo que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general”, y establece un anexo con los residuos encauzados en dicha ley.
Estos residuos no solo se producen o generan en las grandes industrias, sino que también son generados a menores escalas en Pequeñas y Medianas industrias y comercios, que se encuentran dentro del ejido urbano o bien dentro de cada vivienda, presentando así un grave problema para la salud de la población.
En pos de esto, la legislación Nacional, en el Capítulo IV y VII, establece las responsabilidades de los Generadores en calidad de dueños de los residuos que cada persona genera. (Art. 14 – 17 y 22).
Con dicha ley, no se intenta quitar responsabilidades en los municipios y volcarlas solamente al generador; pero si queda claro que cada persona que se dedique a realizar algún tipo de emprendimiento, donde como excedente obtenga un residuo peligroso, deberá hacerse responsable del mismo desde su generación hasta su tratamiento y disposición final, así como lo estable la Ley 24051 con su Dec. Reglamentario 831/93, la Ley Provincial de adhesión Nº 8880 reglamentada por el Dec. 603/2006 y la Resolución Municipal de adhesión Nº 10434/2000.
Para poder cumplir con lo dispuesto, se debe contactar a las empresas transportistas y de tratamiento habilitadas por la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos para garantizar la correcta disposición de los mismos.
Cabe aclarar que con dicha acción no solo preservamos el ambiente, sino primordialmente la salud de la población, quedando de manifiesto la solidaridad como ciudadano y vecino de la comunidad.
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